Recordemos que el establecimiento de comercio o establecimiento mercantil es entendido por la ley colombiana como un bien mueble conformado por el nombre comercial, la marca, la mercancia, los enseres que conforman el establecimiento, etc. Si usted tiene una consulta frente a este tema con gusto lo atenderemos
Por ser considerado un bien mueble cuando se va a vender el establecimiento de comercio no se requiere de muchas formalidades, ya que solo es necesario qe el contrato sea hecho mediante un documento privado(NO escritura pública) el cual se lleva a una notaria para autenticar las firmas de los contratantes, y luego se lleva a la camara de comercio para hacer el registro respectivo.
Por Juan Camilo Arbeláez Pulgarín
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