No todos los bienes de una persona (deudor) están sometidos a la acción ejecutiva, hay algunos que tiene una protección legal que los hace inembargables. Dicha protección esta dada para proteger el mínimo vital de una persona y su familia.
Son entonces inembargables: la totalidad del salario mínimo vital, los bienes inmuebles afectados a patrimonio de familia , los utensilios de cocina y los muebles de alcoba, así como los utensilios o herramientas necesarias para el trabajo individual de la persona, entre muchos otros.
Si en su contra cursa un proceso ejecutivo y se pretende el embargo de uno de estos bienes comuníquese con nuestro equipo de abogados y lo ayudaremos.
PAULA PIZANO SÁNCHEZ


08:04
Posted in: 

3 comentarios:
necesito un favor muy grande. Mi nombre es Beatriz Elena Ramirez, tengo una deuda con un banco y solo tengo una propiedad que adquiri en sucesion.Mi pregunta es, me puede quitar esa propiedad el banco? o es inembargable.
me llamo ary ordoñez adquiri una casa x medio del banco no pude seguir pagando x problemas ahora me qiern embagar y rematar que debo hacer para salvar mi casa
SON EMBARGABLES LOS DINEROS QUE PERCIBE UNA BENEFICIARIA POR CONCEPTO DEL SEGURO DE VIDA DE SU ESPOSO FALLECIDO? HAY PROCESO EJECUTIVO EN TRAMITE. Y DE SER AFIRMATIVA DICHA SITUACIÓN EN QUE PORCENTAJE PROCEDE EL EMBARGO? HABRÁ DE TENERSE EN CUENTA EL MINIMO VITAL? (NORMAS?)
Publicar un comentario en la entrada